CMF NCG 565 y Normativas Internacionales: El nuevo estándar de independencia del auditor externo y el desafío de resolver hallazgos

¿Se ha enfrentado a un hallazgo crítico en su auditoría externa, solo para descubrir que la firma auditora no puede ayudarle a solucionarlo?
Para los ejecutivos responsables de la Información Financiera, este escenario será cada vez más estricto frente a las recientes actualizaciones regulatorias, tanto a nivel local como global. El 18 de mayo de 2026, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la Norma de Carácter General (NCG) N° 565, creando el nuevo Compendio Normativo de Empresas de Auditoría Externa. Si bien el principio de independencia y la limitación de servicios paralelos ya estaban presentes en regulaciones anteriores (como la antigua NCG 275), esta actualización profundiza estas exigencias. Al alinearse con las regulaciones internacionales más rigurosas, la NCG 565 refuerza significativamente el rigor normativo: incorpora nuevas obligaciones de reporte, eleva las exigencias de idoneidad técnica y establece controles mucho más precisos sobre la objetividad de las firmas auditoras y su relación comercial con los clientes fiscalizados.
El Marco Normativo Global y Local de la Independencia
El espíritu de esta nueva normativa de la CMF, así como de los marcos regulatorios internacionales, es blindar la confianza en los mercados atacando directamente la Amenaza de Autorrevisión (el riesgo de que un auditor sea "juez y parte"). Las exigencias más destacadas provienen de un ecosistema regulatorio integrado:
Ley Sarbanes-Oxley (SOX) y directrices de la SEC / PCAOB: A nivel global, prohíben expresamente que los auditores externos ofrezcan servicios de tasación, valoración, cálculos actuariales o externalización de auditoría interna a sus clientes.
Código de Ética del IESBA e IAASB: Establecen salvaguardas estrictas contra el conflicto de interés a nivel internacional. Un auditor no puede asumir responsabilidades de la dirección ni proveer cálculos o modelos que posteriormente serán objeto de su propia auditoría.
NCG 565 de la CMF (Mayo 2026): A nivel local, consolida la exigencia de evaluar el control interno bajo estándares metodológicos internacionales, obliga a transparentar rigurosamente los "Otros Servicios" prestados y veta la posibilidad de que la firma auditora provea cálculos o diseños que luego deberá revisar.

Nuestra visión: El efecto colateral de la independencia
Desde KUSE vemos que esta exigencia regulatoria, si bien es correcta y necesaria para el mercado, genera un desafío silencioso, recurrente y frustrante para los ejecutivos responsables de la Información Financiera. ¿El problema? Su auditor externo puede señalar con precisión dónde están las brechas, los riesgos o los errores de estimación en su balance, pero está inhabilitado legal y éticamente para construir la solución. Esta limitación deja a las empresas en una posición vulnerable, obligándolas a resolver de forma interna y apresurada problemas de alta complejidad técnica, financiera y operativa antes del cierre.
El impacto en la realidad operativa y financiera
Aquí es donde la NCG 565 y la normativa internacional chocan con el día a día. Veamos algunos ejemplos en los que su auditor externo le exigirá resultados, pero no podrá ayudarle a construirlos:
Cálculos de Provisiones (NIC 37): Si el auditor externo determina que las estimaciones y supuestos utilizados para respaldar provisiones complejas no reflejan adecuadamente la realidad operativa o financiera, levantará la observación. Sin embargo, no puede recalcular dicha provisión. Se requiere un tercero independiente que entienda la "operación" y los "números" en el balance para rehacer la estimación de forma fidedigna. Un ejemplo emblemático de este desafío es la estimación de la Obligación por Retiro de Activos (ARO).
Test de Deterioro (Impairment / NIC 36): Evaluar si un activo ha perdido valor requiere proyectar flujos de caja y calcular WACC. El auditor exigirá este modelo para validar su balance, pero tiene prohibido elaborarlo. Usted deberá recurrir a un especialista externo para desarrollar y defender dicho modelo.
Purchase Price Allocation (PPA / NIIF 3): Tras una adquisición corporativa, asignar el precio de compra exige valorar activos tangibles y activos intangibles que antes no estaban en el radar. El auditor revisará esta asignación, por lo que no puede ser quien realice el estudio, obligando a la empresa a buscar un especialista independiente.
Valoración de Activos Fijos (NIIF 13 / NIC 16 / NIC 40): Ya sea para determinar el valor razonable de maquinaria especializada, de una planta industrial o una propiedad de inversión, el auditor no puede valorar los activos sobre los que luego emitirá una opinión, ya que invalidaría por completo las exigencias de la CMF y normas internacionales.
Diseño y Evaluación de Control Interno: Si el auditor externo detecta que los procesos reales de la empresa no se ejecutan conforme a los controles internos definidos, emitirá una deficiencia. Sin embargo, no puede cruzar la línea para rediseñar esos procesos, ni ejecutar funciones de auditoría interna (Co-sourcing) para verificar que el problema fue corregido — ya que estaría revisando su propio trabajo. Levantar y corregir esos procesos exige un especialista independiente.
La solución: Un aliado estratégico independiente
La independencia del auditor externo exigida por los estándares globales y la nueva NCG 565 de la CMF es el pilar de la fe pública, pero obliga a las corporaciones a contar con aliados externos especializados y libres de conflicto de interés. En KUSE, somos ese puente técnico y financiero. Nuestra especialidad es preparar, calcular y alinear la realidad de su operación con el rigor normativo exigido por sus auditores. Le entregamos a su empresa el respaldo necesario para solucionar sus brechas de forma independiente, asegurando que su próxima auditoría externa sea un proceso fluido y sin sorpresas. (KUSE)




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